martes, 29 de julio de 2014

PODEMOS. Sobre los principios organizativos. Documento pre-borrador.

Podemos y yo II

Copio en este blog, para difundir y divulgar, este documento fundamental del recién nacido partido político PODEMOS, que este otoño va a nacer plenamente para las administraciones nacionales, autonómicas y municipales. Por ello este documento, que inicia nacimiento en el censo electoral español, en los censos autonómicos y en los censos municipales, es como una invitación de participación a todos sus simpatizantes, miembros, o futuros simpatizantes y futuros miembros, a arrimar el hombro para establecer los Estatutos finales de PODEMOS. En esta copia del documento promotor sólo faltan los anexos, pero podrán encontrar el documento completo y en formato PDF en el siguiente enlace:

Espero contribuir con sentido común en otros posts o en las webs de PODEMOS, incluso con crítica constructiva, para la evolución de este documento pre-borrador. Como un “granito de tierra” más en esta “montaña” o solución que vamos a construir para nuestras sociedades democráticas. Aquí el documento:

.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.

SOBRE LOS PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE PODEMOS
DOCUMENTO PRE-BORRADOR

PREÁMBULO

Este documento tiene por objeto establecer los principios básicos a partir de los cuales aspiramos a organizar PODEMOS. Se trata de un primer borrador de carácter general sobre el que empezar a discutir entre todos y todas, con carácter enteramente abierto y participativo, los principios y los planteamientos organizativos que queremos.


El objetivo de PODEMOS es crear la estructura organizativa más democrática, abierta y plural que ha conocido nunca nuestro país. En este sentido, el presente pre-borrador propone una estructura en la que el máximo órgano de decisión es la Asamblea Ciudadana, un órgano sin representación en el que la última palabra la tiene siempre el conjunto de la gente que haya decidido ser parte de este proyecto. A su vez, propone una diversidad de modos de pertenencia para que ningún ciudadano o ciudadana que quiera ayudar a construir este proyecto pueda quedar excluido por razones económicas, familiares, laborales o de cualquier otra índole. El objetivo es garantizar que este sea realmente un proyecto de todas y todos: las personas que trabajamos en los círculos, los colaboradores económicos (puntuales o regulares), los compañeros y compañeras que han ofrecido su disponibilidad de tiempo en el banco de talentos y cualquier ciudadano o ciudadana que quiera inscribirse para sacar adelante este proyecto. Todos ellos serán bienvenidos como “afiliados”, en el sentido en que lo exige legalmente el Ministerio del Interior, a saber, sujetos con derecho de participación en esta nueva forma de hacer política que queremos impulsar: capacidad de decisión, derecho a elegir a los representantes, posibilidad de revocarles si pierden su confianza, derecho a participar en las deliberaciones, etc. Es la hora de la gente y lo vamos a demostrar. Os animamos a mejorar sus contenidos para dar paso al alumbramiento de la organización política más democrática, ciudadanista y transparente de nuestra historia.

Este primer documento incorpora un conjunto de principios y propuestas, pero no es un documento técnico. Esta consideración es relevante porque al final de este debate, para que nuestros acuerdos puedan hacerse efectivos, esta propuesta o cualquiera que llegue a formularse tendrá que transformarse en un documento técnico. Sólo así podrá validarse en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior y, así, hacerse efectiva.

Dadas estas circunstancias, proponemos articular este debate en dos fases:

1ª. Un debate político abierto sobre los principios generales de organización.

2ª. Un momento posterior de elaboración del documento o los documentos técnicos que reflejen el resultado de los debates y se ajusten a los parámetros establecidos por la Dirección General de Política Interior y el Registro de Partidos Políticos. En este sentido, con la intención de crear un marco claro de trabajo, os participamos en los anexos finales a este documento los capítulos mínimos que requiere el Registro de Partidos Políticos para la validación de los documentos organizativos, así como un planilla-tipo elaborada por el propio Ministerio que ofrece sus pautas sobre los aspectos imprescindibles en términos de legalidad organizativa.

PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE PODEMOS

1º. PODEMOS es una organización política orientada a promover y defender la democracia y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de la sociedad. PODEMOS se organiza de manera democrática y fomenta el debate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la toma de decisiones de la organización.
2º. PODEMOS utiliza todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance para promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera de la organización y la participación directa de la gente en la toma de decisiones públicas y políticas.
3º. En PODEMOS, todos y todas tienen derecho a voz y voto. El voto de todos los miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política.
4º. En PODEMOS todo el mundo tiene derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización.
5º. En PODEMOS, cada persona tiene derecho a un voto. El peso de todos los votos será siempre el mismo, con independencia de cuál sea su origen, territorio, nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá contar más que el voto de otro.
6º. PODEMOS promueve el género como único correctivo al ejercicio del derecho al sufragio pasivo (ser elegido/a). Todos los órganos de representación de PODEMOS tendrán una representación paritaria de mujeres y hombres. La proporción de unas y otros nunca podrá situarse fuera de la ratio 40/60 para cada género.
7º. La unidad básica de organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial. Además de los Círculos, PODEMOS promueve otras formas de participación abierta y ciudadana, como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.
8º. La elaboración de los programas electorales, la confección de las listas de candidatos y candidatas a los órganos de representación institucional, la elección de portavoces o de miembros de los Consejos Ciudadanos de PODEMOS se llevará a cabo siempre de manera abierta a todas las personas que componen PODEMOS en el ámbito territorial correspondiente. Se abrirán siempre procesos de debate ciudadano sobre los contenidos de los programas y se utilizarán las formas refrendarias abiertas y ciudadanas para la selección de candidatos concurrentes a las elecciones.
9º. PODEMOS es una organización estatal que actúa con criterios de universalidad, coherencia y responsabilidad. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal (es decir, a todos los miembros de PODEMOS) o a los órganos en que delegue, la toma de decisiones que afecten al conjunto de PODEMOS, cualquiera que sea el nivel sectorial o territorial en el que se originen esas cuestiones. 1 Es tarea de todos y todas elaborar en los próximos meses un protocolo de validación y reconocimiento de círculos. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal, o los órganos en los que delegue, todas las decisiones relativas a las líneas básicas de acción política general, los objetivos organizativos, las vías de financiación, la representación y las acciones jurídicas, la planificación de las estrategias electorales en todos los niveles territoriales, la definición de las políticas de acuerdos o eventuales alianzas con otros grupos sociales o políticos, etc. La participación y decisión de todos los miembros de PODEMOS a través de procesos refrendarios será la que, en última instancia, garantizará siempre la acción coordinada, coherente y responsable de la organización en todos los ámbitos territoriales y sectoriales.
10º. PODEMOS promueve la participación directa de todos sus miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten de manera relevante a la organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que puedan ampliar y garantizar la participación política democrática. PODEMOS fomentará todos los espacios presenciales de participación al tiempo que se apoya en distintas herramientas informáticas para facilitar la deliberación y la toma de decisiones entro todos y todas. A través de las acciones impulsadas desde todos los niveles de la organización y, muy especialmente, desde los Círculos, se habilitarán los mecanismos para facilitar la participación en igualdad de condiciones a quienes puedan tener mayores dificultades de acceso a internet.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE PODEMOS

CAPÍTULO 1. LA AFILIACIÓN (“AFILIACIÓN” ES TÉRMINO LEGALMENTE REQUERIDO)

Para ser miembro de PODEMOS será necesario:
▪ Ser mayor de 16 años
▪ Inscribirse en el registro correspondiente con los datos personales y número de teléfono.
▪ Suscribir el documento base de Compromisos Éticos de PODEMOS.

Todos los miembros de PODEMOS
▪ Tienen derecho a voz y voto en todos los espacios de discusión PODEMOS y en todas las Asambleas Ciudadanas de su ámbito territorial. El voto de todos y todos los miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política.
▪ Tienen derecho a obtener, en el momento de su inscripción, un código de votación permanente que le habilitará para participar en todos los procesos de decisión de PODEMOS.
▪ Tienen derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización.
▪ Tienen derecho a que su voto tenga el mismo peso que el del resto de los miembros de la organización, con independencia de cuál sea su origen, territorio, nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá contar más que el de otro.
▪ Tienen derecho a recurrir al Comité de Garantías de PODEMOS para velar por el cumplimiento de sus derechos.

Todos los miembros de PODEMOS están invitados a:
▪ Integrarse en el trabajo de los Círculos o crear Círculos nuevos
▪ Hacerse colaboradores de PODEMOS, lo que constituirá, junto a los crowdfundings, una de las principales vías de financiación de la organización.
▪ Integrarse en el Banco de Talentos
▪ Participar en el Banco de Ideas
▪ Colaborar con cualquier espacio de participación que se habilite.

CAPÍTULO 2. LA ASAMBLEA CIUDADANA

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y se reúne de manera ordinaria cada tres años. Todas las personas que forman parte de PODEMOS tienen derecho a participar con voz y voto en la Asamblea Ciudadana de PODEMOS. En este sentido, la Asamblea Ciudadana arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y voto de todos los miembros, utilizando para ello todas las herramientas presenciales (círculos, espacios de encuentro, puntos de votación en plazas y parques, etc.) y telemáticas (plaza.podemos.info (reddit), retransmisiones en streaming de los espacios de deliberación presencial, etc.)

Son funciones de la Asamblea Ciudadana las siguientes:

a) Determinar la línea política de PODEMOS.
b) Aprobar los Estatutos de PODEMOS y sus modificaciones.
c) Determinar la forma en la que se elaborará el programa de PODEMOS.
d) Determinar los principios en base a los cuales se conformarán las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra PODEMOS.
e) Determinar los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir a las 80 personas que formarán el Consejo Ciudadano, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género.
f) Elegir al/la Portavoz de Podemos mediante un sistema electoral de voto directo.
g) Elegir a los/las integrantes de la Comisión de Derechos y Garantías

CAPÍTULO 3. EL CONSEJO CIUDADANO

El Consejo Ciudadano es el máximo órgano entre Asambleas Ciudadanas y su función es la de dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento. Aprobará los borradores básicos de los programas electorales de PODEMOS que, posteriormente, se discutirán de manera abierta por todos los miembros através de los procedimientos (telemáticos o presenciales) habilitados para ello.

El Consejo Ciudadano impulsará y controlará la actuación del resto de los órganos de PODEMOS.

El Consejo Ciudadano está compuesto por 80 miembros y organizado por Áreas de Trabajo. Sus miembros serán elegidos en la Asamblea Ciudadana a través de listas abiertas, sólo corregidas con criterios de género garantizando una distribución que nunca exceda la proporción 40/60. Su mandato tendrá una duración de tres años.

El Consejo Ciudadano se regirá por un reglamento interno que elaborará a iniciativa propia y necesitará, para su aprobación, de la mayoría absoluta de sus miembros.

El Consejo Ciudadano elegirá entre sus miembros en su primera reunión un coordinador/a del Consejo. La elección de este/a coordinador/a requerirá de una mayoría absoluta de los votos en primera vuelta y de una mayoría simple en segunda vuelta.

Los miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante un referéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de un 30% de los miembros de PODEMOS. El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.

Son funciones del Consejo Ciudadano:
a) Dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a
las circunstancias del momento.
b) Elaborar y aprobar los borradores de los programas electorales de PODEMOS
que, posteriormente, se discutirán de manera abierta a través de los procedimientos
habilitados para ello.
c) Impulsar y controlar la actuación de los órganos de gobierno de PODEMOS.
d) Convocar las Asambleas Ciudadanas ordinarias y extraordinarias y nombrar a los y
las integrantes de la Mesa de Organización de las Asambleas Ciudadanas Ordinarias
y Extraordinarias.
e) Nombrar, a propuesta del/a Portavoz de Podemos, los/as integrantes del Consejo
de Coordinación.
f) Definir, en cada proceso electoral, el procedimiento mediante el cual se elaborarán
las listas electorales.
g) Determinar los procedimientos que permitirán definir relaciones y posibles alianzas
electorales con otras fuerzas políticas y sociales en cada proceso electoral.
h) Definir las Áreas en las que se articula el trabajo de Consejo Ciudadano, incluyendo
necesariamente el área de Organización, y elegir por mayoría simple a las personas
que se encargarán de coordinar cada área de trabajo.
i) Hacer seguimiento semestral, como mínimo, de las distintas responsabilidades del
Consejo de Coordinación y su ejercicio.
j) Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio.
k) Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañas específicas a
nivel estatal.
l) Elaborar y actualizar periódicamente el “Libro de Registro de Afiliados” y
garantizar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de
Protección de Datos.

CAPÍTULO 4. LA PORTAVOCÍA

La Asamblea Ciudadana elegirá un/una Portavoz responsable de la representación política e institucional del Partido.

Durante los intervalos entre las reuniones del Consejo de Coordinación, la Portavocía asumirá las funciones ejecutivas de la organización. En esos períodos, corresponde al/la Portavoz dar continuidad a la línea política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y el Consejo Ciudadano y adaptarla a las circunstancias del momento.

El/la Portavoz de PODEMOS será elegido por todos los miembros de PODEMOS mediante sufragio libre y directo en el curso de la Asamblea Ciudadana, pudiendo votarse de manera presencial o telemática.

La duración del mandato del Portavoz es de tres años, debiendo renovarse su elección en cada Asamblea Ciudadana ordinaria.

El/la Portavoz de Podemos podrá ser revocado/a mediante un referéndum convocado a tales efectos. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato del/a Portavoz será necesario aportar el aval de un 30% de la afiliación de PODEMOS.

El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al/a Portavoz.

CAPÍTULO 5. EL CONSEJO DE COORDINACIÓN

El Consejo de Coordinación y la Portavocía son los órganos ejecutivos de PODEMOS. Durante los períodos en los que no está reunido el Consejo Ciudadano, corresponde al Consejo de Coordinación dar continuidad a la línea política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento.

El Consejo de Coordinación estará compuesto por un número de entre 10 y 15 personas. El/la Portavoz de PODEMOS es miembro nato del Consejo de Coordinación. Salvo el/la Portavoz, todos los y las integrantes del Consejo de Coordinación son elegidos por el Consejo Ciudadano de entre sus miembros a propuesta del/la Portavoz de PODEMOS. Su mandato es trianual y serán renovados tras la celebración de cada Asamblea Ciudadana ordinaria, cuando hayan tomado posesión de su cargo el/la Portavoz de Podemos y los/las miembros electos del Consejo Ciudadano.

Los miembros del Consejo de Coordinación podrán ser revocados mediante un referéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo de Coordinación será necesario aportar el aval de un 30% de la afiliación de PODEMOS. El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.

CAPÍTULO 6. LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS

La Comisión de Derechos y Garantías es el órgano encargado de velar por el respeto a los derechos de los miembros de Podemos y las normas de funcionamiento de la organización.

La Comisión de Derechos y Garantías está compuesta por 9 miembros titulares y 9 suplentes elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana mediante voto directo con un sistema de listas abiertas. Al menos la mitad de los miembros de la Comisión de Derechos y Garantías deberán ser juristas.

Ante las faltas muy graves, que puedan implicar la expulsión de la organización, la Comisión de Derechos y Garantías contará con el apoyo de un jurado elegido por sorteo entre todos los miembros de PODEMOS.

CAPÍTULO 7. LA ESTRUCTURA TERRITORIAL

La unidad básica de organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial.
Además de los Círculos, PODEMOS promueve otras formas de participación abierta y ciudadana, como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.

PODEMOS se organiza de manera territorial y sectorial.

Desde el punto de vista territorial, las estructuras organizativas de PODEMOS reconocen los niveles municipal, insular, autonómico y estatal. Los niveles local, comarcal y provincial se entienden como ámbitos para la coordinación de la acción política, siempre que los Círculos de esos territorios lo consideren de utilidad.

LOS CÍRCULOS PODEMOS

El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial.

Todos los Círculos PODEMOS son soberanos para organizar su forma de trabajo según las áreas o comisiones que sus integrantes consideren adecuada para cumplir con sus objetivos. Cada Círculo PODEMOS podrá establecer relaciones horizontales con todos los Círculos PODEMOS que considere oportuno, sin que sea necesaria la mediación de Consejo Ciudadano ni de ningún otro órgano de PODEMOS.

Desde los órganos elegidos democráticamente se potenciará la comunicación entre los círculos intentando apoyarse en herramientas telemáticas.

Todos los miembros de Podemos poseen los mismos derechos y obligaciones dentro y fuera de los Círculos y todos podrán participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Ciudadanas de Podemos.

El Equipo Técnico elaborará un Protocolo de Validación de los Círculos que deberá ser aprobado por la Asamblea Ciudadana Estatal. La validación efectiva de cualquier Círculo necesitará del visto bueno del Consejo Ciudadano Estatal.

SOBRE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL

A nivel municipal, se proponen dos tipos de organización para podemos: una estructura simple y una más compleja para municipios con más de 200 miembros.

Estructura organizativa para municipios con menos de 200 miembros.

En los municipios con menos de 200 afiliados, la estructura no tendrá más órgano que la propia Asamblea Ciudadana. Las Competencias de la Asamblea Ciudadana en estos municipios serán:

a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el municipio.
e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.

En estos casos, la función de portavocía o responsables de área, de medios, etc. será elegida de manera rotatoria de acuerdo con los criterios que establezca la propia Asamblea.

Estructura organizativa para municipios con más de 200 miembros.

A nivel municipal, la Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y estará integrada por todos los miembros de los Círculos existentes en el municipio.

La Asamblea Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en la localidad, con independencia del Círculo al que pertenezcan.

Esta Asamblea Ciudadana municipal deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no telemáticos, etc.)

Entre sus funciones hay que señalar:

a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el municipio.
e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano del círculo para el municipio es el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas municipales.
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio.
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el municipio mediante un sistema electoral de voto directo. h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el municipio y las competencias
de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito territorial menor al municipio, en caso de que existan.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.

SOBRE LA ORGANIZACIÓN AUTONÓMICA

A nivel autonómico se replicará el modelo municipal basado en los principios organizativos de
los círculos.

En ese sentido la Asamblea Ciudadana de la Comunidad Autónoma es el máximo órgano de decisión de PODEMOS en ese ámbito territorial. Esta Asamblea Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en dicho ámbito.

Esta Asamblea Ciudadana deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no telemáticos, etc.)

Entre sus funciones hay que señalar:

a) Adaptar la línea política de Podemos al territorio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al territorio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el territorio. e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito autonómico los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Autonómico es el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas autonómicas.
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio,
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el territorio mediante un sistema electoral de voto directo.
h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el territorio y las competencias de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito territorial municipal.

CAPÍTULO 8. ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL.

El ejercicio económico del partido coincidirá con el año natural.

El Consejo de Coordinación elaborará, con periodicidad anual, el presupuesto del siguiente ejercicio. Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano con anterioridad al inicio del ejercicio económico.

Finalizado el Ejercicio Económico, el Consejo de Coordinación elevará informe sobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o denegará dicha ejecución.

EL INTERVENTOR.

El Consejo Ciudadano elegirá cada año entre sus miembros a un interventor de cuentas, que no
podrá ser miembro del Consejo de Coordinación. Su función será mantener un control
permanente sobre la gestión económica del partido.

ACCESO A LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS

Cualquier miembro de PODEMOS tendrá derecho a acceder a cualesquiera documentos económicos en posesión del partido, con la única limitación de lo contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

RÉGIMEN DOCUMENTAL. OBLIGACIONES CONTABLES.

El partido llevará, además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momento conocer su situación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados con una periodicidad trimestral.

ANEXOS

Anexo I. Relación de contenidos mínimos requeridos por el Registro de Partidos Políticos para la validación de los documentos organizativos

Anexo II. Planilla-tipo facilitada por el Ministerio con los contenidos mínimos imprescindibles del documento organizativo.

Ambos anexos también están disponibles en:

No hay comentarios:

Publicar un comentario