Podemos y yo II
Copio en
este blog, para difundir y divulgar, este documento fundamental del
recién nacido partido político PODEMOS, que este otoño va a nacer
plenamente para las administraciones nacionales, autonómicas y
municipales. Por ello este documento, que inicia nacimiento en
el censo electoral español, en los censos autonómicos y en los
censos municipales, es como una invitación de participación a todos
sus simpatizantes, miembros, o futuros simpatizantes y futuros
miembros, a arrimar el hombro para establecer los Estatutos finales de PODEMOS. En esta copia del documento promotor sólo faltan los anexos, pero podrán
encontrar el documento completo y en formato PDF en el siguiente
enlace:
Espero
contribuir con sentido común en otros posts o en las webs de PODEMOS, incluso con crítica
constructiva, para la evolución de este documento pre-borrador. Como
un “granito de tierra” más en esta “montaña” o solución
que vamos a construir para nuestras sociedades democráticas. Aquí el documento:
.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.
SOBRE
LOS PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE PODEMOS
DOCUMENTO
PRE-BORRADOR
PREÁMBULO
Este documento tiene por
objeto establecer los principios básicos a partir de los cuales
aspiramos a organizar PODEMOS. Se trata de un primer borrador de
carácter general sobre el que empezar a discutir entre todos y
todas, con carácter enteramente abierto y participativo, los
principios y los planteamientos organizativos que queremos.
El objetivo de PODEMOS es
crear la estructura organizativa más democrática, abierta y plural
que ha conocido nunca nuestro país. En este sentido, el presente
pre-borrador propone una estructura en la que el máximo órgano de
decisión es la Asamblea Ciudadana, un órgano sin representación en
el que la última palabra la tiene siempre el conjunto de la gente
que haya decidido ser parte de este proyecto. A su vez, propone una
diversidad de modos de pertenencia para que ningún ciudadano o
ciudadana que quiera ayudar a construir este proyecto pueda quedar
excluido por razones económicas, familiares, laborales o de
cualquier otra índole. El objetivo es garantizar que este sea
realmente un proyecto de todas y todos: las personas que trabajamos
en los círculos, los colaboradores económicos (puntuales o
regulares), los compañeros y compañeras que han ofrecido su
disponibilidad de tiempo en el banco de talentos y cualquier
ciudadano o ciudadana que quiera inscribirse para sacar adelante este
proyecto. Todos ellos serán bienvenidos como “afiliados”, en el
sentido en que lo exige legalmente el Ministerio del Interior, a
saber, sujetos con derecho de participación en esta nueva forma de
hacer política que queremos impulsar: capacidad de decisión,
derecho a elegir a los representantes, posibilidad de revocarles si
pierden su confianza, derecho a participar en las deliberaciones,
etc. Es la hora de la gente y lo vamos a demostrar. Os animamos a
mejorar sus contenidos para dar paso al alumbramiento de la
organización política más democrática, ciudadanista y
transparente de nuestra historia.
Este primer documento
incorpora un conjunto de principios y propuestas, pero no es un
documento técnico. Esta consideración es relevante porque al final
de este debate, para que nuestros acuerdos puedan hacerse efectivos,
esta propuesta o cualquiera que llegue a formularse tendrá que
transformarse en un documento técnico. Sólo así podrá validarse
en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior y,
así, hacerse efectiva.
Dadas estas
circunstancias, proponemos articular este debate en dos fases:
1ª. Un debate político
abierto sobre los principios generales de organización.
2ª. Un momento posterior
de elaboración del documento o los documentos técnicos que reflejen
el resultado de los debates y se ajusten a los parámetros
establecidos por la Dirección General de Política Interior y el
Registro de Partidos Políticos. En este sentido, con la intención
de crear un marco claro de trabajo, os participamos en los anexos
finales a este documento los capítulos mínimos que requiere el
Registro de Partidos Políticos para la validación de los documentos
organizativos, así como un planilla-tipo elaborada por el propio
Ministerio que ofrece sus pautas sobre los aspectos imprescindibles
en términos de legalidad organizativa.
PRINCIPIOS
ORGANIZATIVOS DE PODEMOS
1º. PODEMOS es una
organización política orientada a promover y defender la democracia
y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de la sociedad. PODEMOS
se organiza de manera democrática y fomenta el debate y la
participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en
la toma de decisiones de la organización.
2º. PODEMOS utiliza
todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance para
promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera de la
organización y la participación directa de la gente en la toma de
decisiones públicas y políticas.
3º. En PODEMOS, todos y
todas tienen derecho a voz y voto. El voto de todos los miembros
tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este
principio básico de igualdad política.
4º. En PODEMOS todo el
mundo tiene derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y
pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización.
5º. En PODEMOS, cada
persona tiene derecho a un voto. El peso de todos los votos será
siempre el mismo, con independencia de cuál sea su origen,
territorio, nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún
miembro podrá contar más que el voto de otro.
6º. PODEMOS promueve el
género como único correctivo al ejercicio del derecho al sufragio
pasivo (ser elegido/a). Todos los órganos de representación de
PODEMOS tendrán una representación paritaria de mujeres y hombres.
La proporción de unas y otros nunca podrá situarse fuera de la
ratio 40/60 para cada género.
7º. La unidad básica de
organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la
herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate
y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden
ser de carácter territorial o sectorial. Además de los Círculos,
PODEMOS promueve otras formas de participación abierta y ciudadana,
como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.
8º. La elaboración de
los programas electorales, la confección de las listas de candidatos
y candidatas a los órganos de representación institucional, la
elección de portavoces o de miembros de los Consejos Ciudadanos de
PODEMOS se llevará a cabo siempre de manera abierta a todas las
personas que componen PODEMOS en el ámbito territorial
correspondiente. Se abrirán siempre procesos de debate ciudadano
sobre los contenidos de los programas y se utilizarán las formas
refrendarias abiertas y ciudadanas para la selección de candidatos
concurrentes a las elecciones.
9º. PODEMOS es una
organización estatal que actúa con criterios de universalidad,
coherencia y responsabilidad. Corresponde a la Asamblea Ciudadana
Estatal (es decir, a todos los miembros de PODEMOS) o a los órganos
en que delegue, la toma de decisiones que afecten al conjunto de
PODEMOS, cualquiera que sea el nivel sectorial o territorial en el
que se originen esas cuestiones. 1 Es tarea de todos y todas elaborar
en los próximos meses un protocolo de validación y reconocimiento
de círculos. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal, o los
órganos en los que delegue, todas las decisiones relativas a las
líneas básicas de acción política general, los objetivos
organizativos, las vías de financiación, la representación y las
acciones jurídicas, la planificación de las estrategias electorales
en todos los niveles territoriales, la definición de las políticas
de acuerdos o eventuales alianzas con otros grupos sociales o
políticos, etc. La participación y decisión de todos los miembros
de PODEMOS a través de procesos refrendarios será la que, en última
instancia, garantizará siempre la acción coordinada, coherente y
responsable de la organización en todos los ámbitos territoriales y
sectoriales.
10º. PODEMOS promueve la
participación directa de todos sus miembros en los procesos de toma
de decisiones que afecten de manera relevante a la organización,
recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que
puedan ampliar y garantizar la participación política democrática.
PODEMOS fomentará todos los espacios presenciales de participación
al tiempo que se apoya en distintas herramientas informáticas para
facilitar la deliberación y la toma de decisiones entro todos y
todas. A través de las acciones impulsadas desde todos los niveles
de la organización y, muy especialmente, desde los Círculos, se
habilitarán los mecanismos para facilitar la participación en
igualdad de condiciones a quienes puedan tener mayores dificultades
de acceso a internet.
ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA DE PODEMOS
CAPÍTULO
1. LA AFILIACIÓN (“AFILIACIÓN” ES TÉRMINO LEGALMENTE
REQUERIDO)
Para ser miembro de
PODEMOS será necesario:
▪ Ser mayor de 16 años
▪ Inscribirse en el
registro correspondiente con los datos personales y número de
teléfono.
▪ Suscribir el
documento base de Compromisos Éticos de PODEMOS.
Todos los miembros de
PODEMOS
▪ Tienen derecho a voz
y voto en todos los espacios de discusión PODEMOS y en todas las
Asambleas Ciudadanas de su ámbito territorial. El voto de todos y
todos los miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración
alguna a este principio básico de igualdad política.
▪ Tienen derecho a
obtener, en el momento de su inscripción, un código de votación
permanente que le habilitará para participar en todos los procesos
de decisión de PODEMOS.
▪ Tienen derecho al
ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en
todos los niveles de la organización.
▪ Tienen derecho a que
su voto tenga el mismo peso que el del resto de los miembros de la
organización, con independencia de cuál sea su origen, territorio,
nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá
contar más que el de otro.
▪ Tienen derecho a
recurrir al Comité de Garantías de PODEMOS para velar por el
cumplimiento de sus derechos.
Todos los miembros de
PODEMOS están invitados a:
▪ Integrarse en el
trabajo de los Círculos o crear Círculos nuevos
▪ Hacerse colaboradores
de PODEMOS, lo que constituirá, junto a los crowdfundings, una de
las principales vías de financiación de la organización.
▪ Integrarse en el
Banco de Talentos
▪ Participar en el
Banco de Ideas
▪ Colaborar con
cualquier espacio de participación que se habilite.
CAPÍTULO 2. LA
ASAMBLEA CIUDADANA
La Asamblea Ciudadana es
el máximo órgano de decisión de PODEMOS y se reúne de manera
ordinaria cada tres años. Todas las personas que forman parte de
PODEMOS tienen derecho a participar con voz y voto en la Asamblea
Ciudadana de PODEMOS. En este sentido, la Asamblea Ciudadana
arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el
ejercicio del derecho a voz y voto de todos los miembros, utilizando
para ello todas las herramientas presenciales (círculos, espacios de
encuentro, puntos de votación en plazas y parques, etc.) y
telemáticas (plaza.podemos.info (reddit), retransmisiones en
streaming de los espacios de deliberación presencial, etc.)
Son funciones de la
Asamblea Ciudadana las siguientes:
a) Determinar la línea
política de PODEMOS.
b) Aprobar los Estatutos
de PODEMOS y sus modificaciones.
c) Determinar la forma en
la que se elaborará el programa de PODEMOS.
d) Determinar los
principios en base a los cuales se conformarán las listas
electorales en los distintos comicios a los que concurra PODEMOS.
e) Determinar los
principios en base a los cuales se configurarán relaciones y
posibles alianzas con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir a las 80
personas que formarán el Consejo Ciudadano, mediante un sistema de
listas abiertas corregido con criterios de género.
f) Elegir al/la Portavoz
de Podemos mediante un sistema electoral de voto directo.
g) Elegir a los/las
integrantes de la Comisión de Derechos y Garantías
CAPÍTULO 3. EL
CONSEJO CIUDADANO
El Consejo Ciudadano es
el máximo órgano entre Asambleas Ciudadanas y su función es la de
dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas
Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento. Aprobará
los borradores básicos de los programas electorales de PODEMOS que,
posteriormente, se discutirán de manera abierta por todos los
miembros através de los procedimientos (telemáticos o presenciales)
habilitados para ello.
El Consejo Ciudadano
impulsará y controlará la actuación del resto de los órganos de
PODEMOS.
El Consejo Ciudadano está
compuesto por 80 miembros y organizado por Áreas de Trabajo. Sus
miembros serán elegidos en la Asamblea Ciudadana a través de listas
abiertas, sólo corregidas con criterios de género garantizando una
distribución que nunca exceda la proporción 40/60. Su mandato tendrá
una duración de tres años.
El Consejo Ciudadano se
regirá por un reglamento interno que elaborará a iniciativa propia
y necesitará, para su aprobación, de la mayoría absoluta de sus
miembros.
El Consejo Ciudadano
elegirá entre sus miembros en su primera reunión un coordinador/a
del Consejo. La elección de este/a coordinador/a requerirá de una
mayoría absoluta de los votos en primera vuelta y de una mayoría
simple en segunda vuelta.
Los miembros del Consejo
Ciudadano podrán ser revocados mediante un referéndum. Para iniciar
un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un
integrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de
un 30% de los miembros de PODEMOS. El Consejo Ciudadano actuando de
manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral
de revocación que tendrá que llevarse a cargo sobre el mismo cuerpo
electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos
revocatorios siempre serán de carácter individual.
Son funciones del Consejo
Ciudadano:
a) Dar continuidad a la
línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a
las circunstancias del
momento.
b) Elaborar y aprobar los
borradores de los programas electorales de PODEMOS
que, posteriormente, se
discutirán de manera abierta a través de los procedimientos
habilitados para ello.
c) Impulsar y controlar
la actuación de los órganos de gobierno de PODEMOS.
d) Convocar las Asambleas
Ciudadanas ordinarias y extraordinarias y nombrar a los y
las integrantes de la
Mesa de Organización de las Asambleas Ciudadanas Ordinarias
y Extraordinarias.
e) Nombrar, a propuesta
del/a Portavoz de Podemos, los/as integrantes del Consejo
de Coordinación.
f) Definir, en cada
proceso electoral, el procedimiento mediante el cual se elaborarán
las listas electorales.
g) Determinar los
procedimientos que permitirán definir relaciones y posibles alianzas
electorales con otras
fuerzas políticas y sociales en cada proceso electoral.
h) Definir las Áreas en
las que se articula el trabajo de Consejo Ciudadano, incluyendo
necesariamente el área
de Organización, y elegir por mayoría simple a las personas
que se encargarán de
coordinar cada área de trabajo.
i) Hacer seguimiento
semestral, como mínimo, de las distintas responsabilidades del
Consejo de Coordinación
y su ejercicio.
j) Aprobar el presupuesto
y la rendición de cuentas de cada ejercicio.
k) Aprobar los
presupuestos de las campañas electorales y de las campañas
específicas a
nivel estatal.
l) Elaborar y actualizar
periódicamente el “Libro de Registro de Afiliados” y
garantizar el
cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de
Protección de Datos.
CAPÍTULO 4. LA
PORTAVOCÍA
La Asamblea Ciudadana
elegirá un/una Portavoz responsable de la representación política
e institucional del Partido.
Durante los intervalos
entre las reuniones del Consejo de Coordinación, la Portavocía
asumirá las funciones ejecutivas de la organización. En esos
períodos, corresponde al/la Portavoz dar continuidad a la línea
política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y el Consejo
Ciudadano y adaptarla a las circunstancias del momento.
El/la Portavoz de PODEMOS
será elegido por todos los miembros de PODEMOS mediante sufragio
libre y directo en el curso de la Asamblea Ciudadana, pudiendo
votarse de manera presencial o telemática.
La duración del mandato
del Portavoz es de tres años, debiendo renovarse su elección en
cada Asamblea Ciudadana ordinaria.
El/la Portavoz de Podemos
podrá ser revocado/a mediante un referéndum convocado a tales
efectos. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el
mandato del/a Portavoz será necesario aportar el aval de un 30% de
la afiliación de PODEMOS.
El Consejo Ciudadano
actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el
proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo
sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al/a Portavoz.
CAPÍTULO 5. EL
CONSEJO DE COORDINACIÓN
El Consejo de
Coordinación y la Portavocía son los órganos ejecutivos de
PODEMOS. Durante los períodos en los que no está reunido el Consejo
Ciudadano, corresponde al Consejo de Coordinación dar continuidad a
la línea política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y
adaptarla a las circunstancias del momento.
El Consejo de
Coordinación estará compuesto por un número de entre 10 y 15
personas. El/la Portavoz de PODEMOS es miembro nato del Consejo de
Coordinación. Salvo el/la Portavoz, todos los y las integrantes del
Consejo de Coordinación son elegidos por el Consejo Ciudadano de
entre sus miembros a propuesta del/la Portavoz de PODEMOS. Su mandato
es trianual y serán renovados tras la celebración de cada Asamblea
Ciudadana ordinaria, cuando hayan tomado posesión de su cargo el/la
Portavoz de Podemos y los/las miembros electos del Consejo Ciudadano.
Los miembros del Consejo
de Coordinación podrán ser revocados mediante un referéndum. Para
iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un
integrante del Consejo de Coordinación será necesario aportar el
aval de un 30% de la afiliación de PODEMOS. El Consejo Ciudadano
actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el
proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo
sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo.
Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.
CAPÍTULO 6. LA
COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS
La Comisión de Derechos
y Garantías es el órgano encargado de velar por el respeto a los
derechos de los miembros de Podemos y las normas de funcionamiento de
la organización.
La Comisión de Derechos
y Garantías está compuesta por 9 miembros titulares y 9 suplentes
elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana mediante voto directo
con un sistema de listas abiertas. Al menos la mitad de los miembros
de la Comisión de Derechos y Garantías deberán ser juristas.
Ante las faltas muy
graves, que puedan implicar la expulsión de la organización, la
Comisión de Derechos y Garantías contará con el apoyo de un jurado
elegido por sorteo entre todos los miembros de PODEMOS.
CAPÍTULO 7. LA
ESTRUCTURA TERRITORIAL
La unidad básica de
organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la
herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate
y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden
ser de carácter territorial o sectorial.
Además de los Círculos,
PODEMOS promueve otras formas de participación abierta y ciudadana,
como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.
PODEMOS se organiza de
manera territorial y sectorial.
Desde el punto de vista
territorial, las estructuras organizativas de PODEMOS reconocen los
niveles municipal, insular, autonómico y estatal. Los niveles local,
comarcal y provincial se entienden como ámbitos para la coordinación
de la acción política, siempre que los Círculos de esos
territorios lo consideren de utilidad.
LOS CÍRCULOS
PODEMOS
El Círculo es la
herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate
y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden
ser de carácter territorial o sectorial.
Todos los Círculos
PODEMOS son soberanos para organizar su forma de trabajo según las
áreas o comisiones que sus integrantes consideren adecuada para
cumplir con sus objetivos. Cada Círculo PODEMOS podrá establecer
relaciones horizontales con todos los Círculos PODEMOS que considere
oportuno, sin que sea necesaria la mediación de Consejo Ciudadano ni
de ningún otro órgano de PODEMOS.
Desde los órganos
elegidos democráticamente se potenciará la comunicación entre los
círculos intentando apoyarse en herramientas telemáticas.
Todos los miembros de
Podemos poseen los mismos derechos y obligaciones dentro y fuera de
los Círculos y todos podrán participar con derecho a voz y voto en
las Asambleas Ciudadanas de Podemos.
El Equipo Técnico
elaborará un Protocolo de Validación de los Círculos que deberá
ser aprobado por la Asamblea Ciudadana Estatal. La validación
efectiva de cualquier Círculo necesitará del visto bueno del
Consejo Ciudadano Estatal.
SOBRE LA
ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
A nivel municipal, se
proponen dos tipos de organización para podemos: una estructura
simple y una más compleja para municipios con más de 200 miembros.
Estructura
organizativa para municipios con menos de 200 miembros.
En los municipios con
menos de 200 afiliados, la estructura no tendrá más órgano que la
propia Asamblea Ciudadana. Las Competencias de la Asamblea Ciudadana
en estos municipios serán:
a) Adaptar la línea
política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios programáticos del programa de
Podemos al municipio
d) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios de conformación de las listas
electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en
el municipio.
e) Determinar la forma en
la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a
los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas
electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
j) Definir las funciones
y forma de coordinación con círculos de otros municipios.
En estos casos, la
función de portavocía o responsables de área, de medios, etc. será
elegida de manera rotatoria de acuerdo con los criterios que
establezca la propia Asamblea.
Estructura
organizativa para municipios con más de 200 miembros.
A nivel municipal, la
Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y
estará integrada por todos los miembros de los Círculos existentes
en el municipio.
La Asamblea Ciudadana
comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en la
localidad, con independencia del Círculo al que pertenezcan.
Esta Asamblea Ciudadana
municipal deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho
a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de
participación, herramientas de votación, retransmisiones en
streaming para seguir los momentos de deliberación presencial,
puntos de votación no telemáticos, etc.)
Entre sus funciones hay
que señalar:
a) Adaptar la línea
política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios programáticos del programa de
Podemos al municipio
d) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios de conformación de las listas
electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en
el municipio.
e) Determinar la forma en
la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a
los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas
electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo
Ciudadano del Círculo para el municipio, mediante un sistema de
listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo
Ciudadano del círculo para el municipio es el máximo órgano del
partido entre Asambleas Ciudadanas municipales.
f) Definir las funciones
del Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio.
g) Elegir al/la Portavoz
de Podemos en el municipio mediante un sistema electoral de voto
directo. h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el
municipio y las competencias
de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones
y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito
territorial menor al municipio, en caso de que existan.
j) Definir las funciones
y forma de coordinación con círculos de otros municipios.
SOBRE LA
ORGANIZACIÓN AUTONÓMICA
A nivel autonómico se
replicará el modelo municipal basado en los principios organizativos
de
los círculos.
En ese sentido la
Asamblea Ciudadana de la Comunidad Autónoma es el máximo órgano de
decisión de PODEMOS en ese ámbito territorial. Esta Asamblea
Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en
dicho ámbito.
Esta Asamblea Ciudadana
deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y
voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación,
herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir
los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no
telemáticos, etc.)
Entre sus funciones hay
que señalar:
a) Adaptar la línea
política de Podemos al territorio.
b) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios programáticos del programa de
Podemos al territorio
d) Determinar la forma en
la que se traducirán los principios de conformación de las listas
electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en
el territorio. e) Determinar la forma en la que se traducirán al
ámbito autonómico los principios en base a los cuales se
configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras
fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo
Ciudadano Autonómico para el territorio, mediante un sistema de
listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo
Ciudadano Autonómico es el máximo órgano del partido entre
Asambleas Ciudadanas autonómicas.
f) Definir las funciones
del Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio,
g) Elegir al/la Portavoz
de Podemos en el territorio mediante un sistema electoral de voto
directo.
h) Definir las funciones
del Portavoz de Podemos en el territorio y las competencias de su
equipo de apoyo.
i) Definir las funciones
y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito
territorial municipal.
CAPÍTULO 8.
ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL.
El ejercicio económico
del partido coincidirá con el año natural.
El Consejo de
Coordinación elaborará, con periodicidad anual, el presupuesto del
siguiente ejercicio. Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el
Consejo Ciudadano con anterioridad al inicio del ejercicio económico.
Finalizado el Ejercicio
Económico, el Consejo de Coordinación elevará informe sobre la
ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o
denegará dicha ejecución.
EL INTERVENTOR.
El Consejo Ciudadano
elegirá cada año entre sus miembros a un interventor de cuentas,
que no
podrá ser miembro del
Consejo de Coordinación. Su función será mantener un control
permanente sobre la
gestión económica del partido.
ACCESO A LOS DOCUMENTOS
ECONÓMICOS
Cualquier miembro de
PODEMOS tendrá derecho a acceder a cualesquiera documentos
económicos en posesión del partido, con la única limitación de lo
contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.
RÉGIMEN DOCUMENTAL.
OBLIGACIONES CONTABLES.
El partido llevará,
además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad,
de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo
momento conocer su situación financiera. Se realizarán informes de
transparencia detallados con una periodicidad trimestral.
ANEXOS
Anexo I. Relación de
contenidos mínimos requeridos por el Registro de Partidos Políticos
para la validación de los documentos organizativos
Anexo II. Planilla-tipo
facilitada por el Ministerio con los contenidos mínimos
imprescindibles del documento organizativo.
Ambos anexos también
están disponibles en:
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